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Abogados de Sucesiones · CABA & Provincia de Buenos Aires

Su herencia,
en las manos correctas.

Acompañamos cada proceso sucesorio con rigor técnico y sensibilidad humana. Desde la apertura de la sucesión hasta la planificación de su patrimonio en vida.

+10 Años de experiencia
4 Áreas sucesorias
24 hs Tiempo de respuesta
100% Confidencial
⚖️ Sucesiones intestadas y testamentarias
📝 Testamentos y donaciones
🔒 Consulta confidencial
📍 CABA y Provincia de Buenos Aires

Trabajamos con usted
en cualquier etapa

Tanto si perdió a un ser querido y necesita iniciar la sucesión hoy, como si quiere organizar su patrimonio para proteger a su familia en el futuro.

📋

Falleció un familiar

Sabemos que este momento es difícil. Nos ocupamos de toda la gestión jurídica para que usted pueda enfocarse en lo que importa.

  • Iniciamos la sucesión desde el primer paso: reunión de documentación, juzgado competente y estrategia procesal.
  • Gestionamos la declaratoria de herederos ante el juzgado, tanto en CABA como en Provincia de Buenos Aires.
  • Administramos la adjudicación e inscripción de bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias y activos financieros.
  • Coordinamos con escribanos y el Registro de la Propiedad para la transferencia final a cada heredero.
  • Si hay conflicto entre herederos, diseñamos la estrategia judicial o de mediación más conveniente.
🛡️

Quiero planificar en vida

Organizar la transmisión de su patrimonio es el acto de responsabilidad más importante que puede tomar por su familia.

  • Evaluamos su patrimonio y situación familiar para diseñar la estrategia hereditaria más conveniente.
  • Redactamos su testamento conforme al CCyCN, garantizando el respeto de las legítimas y la validez formal.
  • Asesoramos sobre donaciones en vida: cuándo convienen, qué bienes incluir y cómo evitar nulidades futuras.
  • Diseñamos estructuras de planificación hereditaria para preservar el patrimonio y minimizar conflictos.
  • Actualizamos y revisamos documentos existentes si su situación familiar o patrimonial cambió.

Asesoramiento integral
en cada etapa del proceso hereditario

Cubrimos cada aspecto del derecho sucesorio, desde la planificación en vida hasta la inscripción final de los bienes.

01

Planificación Hereditaria

Anticipar la distribución del patrimonio en vida es el acto de responsabilidad más importante que una persona puede tomar por su familia. Brindamos asesoría personalizada para organizar, en forma segura y ordenada, la transmisión de bienes entre herederos y terceros, previendo cualquier conflicto futuro y respetando las porciones legítimas establecidas por ley.

02

Apertura y Tramitación de Sucesiones

El proceso sucesorio reúne a personas con intereses diversos, atravesadas por cuestiones emocionales y subjetivas. Gestionamos la apertura y tramitación del sucesorio con precisión técnica y una mirada empática: desde la declaratoria de herederos hasta la adjudicación e inscripción de bienes, acompañando a cada familia con el respeto que el momento exige.

03

Testamentos

Acompañamos a nuestros clientes en la planificación, asesoramiento y redacción de testamentos conforme al Código Civil y Comercial de la Nación. Evaluamos el patrimonio y la situación familiar, elegimos el tipo de testamento más adecuado y garantizamos el respeto de las legítimas hereditarias y las formalidades legales, asegurando que la última voluntad sea clara, válida y efectiva.

04

Donaciones

La transmisión gratuita de bienes en vida es una herramienta poderosa de planificación patrimonial, siempre que se realice respetando las formalidades y las porciones de herencia legítima establecidas por la ley. Asesoramos y gestionamos el proceso completo: evaluación de títulos, instrumentación notarial y verificación del marco legal vigente para evitar cualquier nulidad futura.

Del primer contacto
a la inscripción final

Un proceso ordenado, claro y acompañado en cada etapa. Así avanzamos en cada sucesión.

01

Consulta inicial

Nos contás la situación. Evaluamos el caso, los bienes involucrados, los herederos y el juzgado competente. En 24 hs tenés una hoja de ruta.

02

Apertura del sucesorio

Presentamos la demanda, acompañamos las partidas y documentación. Solicitamos la declaratoria de herederos o la aprobación del testamento.

03

Inventario y valuación

Relevamos los bienes del causante: inmuebles, vehículos, cuentas, inversiones. Coordinamos con peritos e intervenimos en la valuación judicial si es necesario.

04

Adjudicación e inscripción

Redactamos la partición y coordinamos con escribanos para la inscripción final de cada bien a nombre de los herederos.

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Respondemos en menos de 24 hs hábiles · Consulta confidencial

Rigor técnico
con enfoque humano

  • 🏆
    Experiencia sucesoria consolidada Trayectoria en procesos de diversa complejidad, desde sucesorios simples hasta herencias con activos en el exterior y conflictos entre coherederos.
  • 🤝
    Acompañamiento empático Entendemos que detrás de cada expediente hay una familia. Trabajamos con el tacto y la claridad que cada situación exige.
  • 🛡️
    Planificación preventiva Anticipamos conflictos antes de que se materialicen, diseñando soluciones que preservan tanto el patrimonio como los vínculos familiares.
  • 📐
    Gestión integral Desde la apertura del sucesorio hasta la inscripción final de los bienes, acompañamos cada etapa con precisión y claridad sin que usted tenga que coordinar múltiples profesionales.
  • 📍
    CABA y Provincia de Buenos Aires Actuamos ante el fuero civil nacional (CABA) y ante los juzgados civiles y comerciales de la Provincia de Buenos Aires: San Isidro, San Martín, Zárate-Campana, La Plata y todos los departamentos judiciales.
Las decisiones más importantes se toman con respaldo. Las mejores, con el respaldo correcto.
— CPS Abogados
+10
Años de trayectoria
2
Jurisdicciones
24 hs
Tiempo de respuesta

Lo que más nos preguntan
sobre sucesiones

Respuestas claras a las dudas más frecuentes sobre el proceso sucesorio en Argentina. Si la suya no está, escribinos.

No existe un plazo legal para iniciar la sucesión, pero conviene hacerlo cuanto antes. Cada mes que pasa puede complejizar la administración de los bienes, generar problemas con el pago de impuestos y acumular conflictos entre herederos. En algunos casos, la demora afecta la posibilidad de cobrar seguros de vida o acceder a cuentas bancarias.

Se inicia una sucesión intestada. La ley establece un orden de herederos: descendientes (hijos, nietos), ascendientes (padres, abuelos) y cónyuge. Si no hay ninguno de ellos, los bienes pasan al Estado. El proceso judicial determina quiénes son los herederos mediante la declaratoria de herederos dictada por el juez.

Sí. La sucesión es el único mecanismo legal para transmitir la titularidad de los bienes que estaban a nombre del fallecido. Sin declaratoria de herederos no es posible inscribir inmuebles, transferir vehículos, acceder a cuentas bancarias ni disponer de ningún activo registrado a nombre del causante. El proceso es siempre judicial: se tramita ante el juzgado civil del último domicilio del fallecido, ya sea en CABA (fuero civil nacional) o en la Provincia de Buenos Aires (fuero civil y comercial provincial). Lo que incide en la velocidad no es la vía sino el grado de acuerdo entre los herederos: cuando la totalidad de los herederos conocidos arriban a un acuerdo previo sobre la partición, el proceso se agiliza significativamente.

Es la porción mínima del patrimonio que la ley reserva a los herederos forzosos (hijos, ascendientes y cónyuge). Ningún testamento ni donación puede afectarla. Los hijos tienen derecho a los 2/3 del patrimonio del causante; los ascendientes y el cónyuge, a 1/2. Si un testamento o una donación violan la legítima, los herederos perjudicados pueden impugnarla judicialmente.

La ley reserva una porción mínima a los herederos forzosos (legítima) y deja al testador libertad sobre el resto (porción disponible). La porción disponible depende de quiénes sean los herederos: si hay hijos, la legítima es 2/3 del patrimonio y la porción disponible es solo 1/3. Si no hay descendientes pero sí ascendientes o cónyuge, la legítima es 1/2 y la porción disponible asciende a 1/2. Si no hay herederos forzosos, el testador puede disponer libremente de la totalidad de su patrimonio. Asesoramos sobre cómo aprovechar al máximo la porción disponible sin afectar las legítimas y evitar impugnaciones futuras.

La donación transfiere la propiedad del bien en vida del donante — el efecto es inmediato. El testamento expresa la voluntad de cómo se distribuirá el patrimonio al momento del fallecimiento — solo produce efectos después de la muerte. Ambas herramientas tienen ventajas y límites; la elección depende del patrimonio, la situación familiar y los objetivos de cada cliente.

El proceso es siempre judicial. Los tiempos varían según la complejidad del acervo hereditario, la carga del juzgado y, fundamentalmente, el grado de acuerdo entre los herederos. Cuando la totalidad de los herederos conocidos llegan a un acuerdo previo sobre la partición de los bienes, el proceso se agiliza de manera significativa y puede resolverse en plazos considerablemente menores. En cambio, si existen conflictos entre herederos, bienes de difícil valuación o activos en el exterior, los tiempos se extienden. En todos los casos trabajamos para optimizar cada etapa y reducir las demoras al mínimo posible.

Su familia merece
un proceso ordenado y claro.

Atendemos en CABA y en toda la Provincia de Buenos Aires. En menos de 24 hs hábiles le decimos exactamente cómo avanzar.

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